Juan. 14:13
William Barclay llama la atención al hecho de que no es “todo” lo que pidamos lo que Jesús dijo que nos sería concedido, sino todo lo que pidiéramos en su nombre. De aquí el comentarista propone a modo de prueba de nuestras oraciones, el plantearnos si podemos hacerlas honradamente en el nombre de Jesús. Las peticiones que cumplan este requisito y al final digan “hágase tu voluntad”, serán concedidas.
William Hendriksen relaciona la palabra “todo” a las obras de que habla el versículo 12, que según el se refieren a obras milagrosas en el plano de lo natural como las que hacía Cristo, y a obras espirituales como las conversiones, a la obras “mayores que estas”. De esta forma vincula dichas obras con el acto de la oración, proveyendo luego varias citas del libro de Hechos que evidenciarían esta relación.
A continuación hace referencia a que las oraciones hechas en el nombre de Cristo no son egoístas sino buscan el interés del reino de Dios, proceden de la fe, están de acuerdo a la voluntad divina, y al igual que Barclay las relaciona a un implícito “hágase tu voluntad”.
De lo anterior deduce lo razonable de que dicha petición sea concedida ya que quien así ora no desea nada que no desee Cristo.
El católico Bruce Vawter señala en el comentario San Jerónimo, que Jesús no se refiere a una invocación mecánica de su nombre, sino a una armonía con la voluntad de Dios y la obediencia a sus mandamientos.
El Comentario Bíblico Mundo Hispano rechaza también la idea de que la promesa implique un cheque en blanco para pedir cualquier cosa, destacando los dos límites que implicarían el pedir en su nombre y el fin de que el Padre sea glorificado. Advierten también contra la concepción que hace de la primera condición una especie de formula mágica y cita varios autores que descartan la idea de intereses propios en favor de los del Reino.
Agustín de Hipone cuestiona el porque dice "cuanto pidierais" siendo que muchas veces los creyentes no reciben aquello que piden, como puede ser el caso de cuando Dios, en su misericordia, no otorga aquellas peticiones que pueden redundar en daño del que pide. Rechaza la solución que pretenda ver en estas palabras una promesa hecha exclusivamente a los apóstoles, relacionandola con el versículo anterior que habla de todo aquel que crea en Cristo. Trae a colación además el hecho de que Pabló rogó por su aguijón en la carne, y su petición no le fue concedida.
Recurre finalmente a la condición "en mi nombre" y concluye que siendo su nombre Jersús, esto es, Salvador; todo aquello que pedimos en perjuicio nuestro no es pedido en su nombre, ya que el salva no sólo cuando obra, sino también cuando nos priva de aquello que nos perjudica.
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